Los contribuyentes con deudas tributarias podrán beneficiarse de una tasa de 4% de interés y de rebajas de multas entre 60% y 80% en cuatro casos, según establece el proyecto de Ley de Modificaciones al Código Tributario.
FUENTE: PÁGINA SIETE

Estas personas o empresas podrán solicitar un plan de pagos con estos beneficios hasta el 31 de diciembre. En el primer caso, el incentivo dispone el pago sin multa por arrepentimiento eficaz cuando se trate de deudas tributarias determinadas por el sujeto pasivo o que se encuentren en procesos de fiscalización, verificación o determinación de oficio hasta el décimo día de notificada la vista de cargo.

En el segundo, hay una rebaja de 80% de la multa por omisión de pago en las deudas tributarias en procesos de determinación, después de los 10 días de notificada la vista de cargo y hasta antes de la impugnación de la Resolución Determinativa.

En el tercer caso, una rebaja del 60% de la multa por omisión de pago en las deudas tributarias establecidas en Resolución Determinativa firme o que se encuentren en la fase de ejecución o cobranza coactiva. Esto como resultado de aquellos actos de la administración tributaria que no hubiesen sido objeto de recursos judiciales o administrativos, y hasta antes del acto de remate o adjudicación directa.

En cuarto lugar, se dispone una rebaja de 60% de la multa por omisión de pago en las deudas tributarias con Resolución Determinativa impugnada previo desistimiento del recurso, incluso hasta antes de la notificación con el pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia. De acuerdo con el proyecto de ley, aquellas deudas tributarias en procesos de ejecución, resultantes del cumplimiento de fallos dictados por el Tribunal Supremo de Justicia, continuarán su trámite de ejecución de acuerdo con la ley aplicable y en cumplimiento de las resoluciones que así lo determinaron en su oportunidad.

La futura norma que fue enviada al Legislativo incluye incentivos adicionales para que los contribuyentes realicen el pago de sus deudas, que consisten en una reducción del 10% de la multa aplicable, si cancelan hasta el 31 de julio, y del 5% si pagan hasta el 30 de septiembre.