Al aprobar la conversión en ley de la Medida Provisional 1063, el Congreso Nacional también aprobó la eliminación de la obligación de presentar regularidad fiscal para los productores de biocombustibles. La enmienda que permitió el cambio había sido introducida por la Cámara de Diputados y fue mantenida por el Senado en la votación del día 8. El texto espera ahora la aprobación del presidente Jair Bolsonaro.
El cambio se encuentra en el artículo 3 de la versión final, que derogó el apartado de la Ley Nacional del Petróleo que exigía a la industria de los biocombustibles demostrar ante la ANP (Agencia Nacional del Petróleo, Gas Natural) y Biocombustibles que cumplen con sus obligaciones tributarias.

Aquí está el cambio:

Art. 3 Se revoca lo siguiente:

I - punto II del § 2 del art. 68-A de la Ley No. 9.478, de 6 de agosto de 1997;

Esto es lo que dice el artículo derogado:

Artículo 68-A. Cualquier empresa o consorcio de empresas constituidas bajo la ley brasileña con sede y administración en el país puede obtener autorización de la ANP para realizar actividades económicas en la industria de los biocombustibles.

§ 2 La autorización a que se refiere la caput deberá considerar la prueba, por parte del interesado, en su caso, de las condiciones previstas en la ley específica, además de las siguientes, conforme a reglamento:

II - cumplir con las tesorerías federales, estatales y municipales, así como demostrar la regularidad de las deudas con la ANP;

La PGFN (Procurador General del Tesoro Nacional) no precisó cuánto le debe el sector al Sindicato, pero el Power360 constató que, solo para las plantas productoras de etanol, las deudas con el Sindicato totalizan al menos R $ 15,2 mil millones. Sin embargo, como el texto se refiere a toda la industria de los biocombustibles. Solo en São Paulo, el mayor estado productor, hay al menos R $ 10,2 mil millones.

La abogada Maira Cristina Madeira, coordinadora del área tributaria de Abe Giovanini Advogados, dice que, con la revocación, ya no se expresa la obligación de presentar el CND (Certificado de Liquidación de Deuda) para operar en el mercado. “Cuando se tiene una ley nacional que no preserva la obligación, por regla general una norma infralegal no puede restringir”, dijo Maira.

Según el especialista, en el caso del biodiésel, como hasta entonces la venta solo se realizaba a través de subastas organizadas por la ANP, esta obligación ya existía en el propio formato de venta. A partir de enero, sin embargo, la venta del producto se realizará directamente entre productores y distribuidores. “Desde el momento en que existe esta venta directa. E incluso el relator comenta sobre la libre empresa, esta se convierte en una relación entre individuos ”, dijo Maira.

Por otro lado, dice que esto no significa necesariamente que la ANP ya no podrá imponer este requisito, tanto para los productores de etanol como de biodiesel. “Es un problema regulatorio. Las agencias tienen el poder de regular para que haya un mercado con mejor competencia. Pero, de hecho, con esto terminas creando una discusión ”, afirmó Maira.

LOS REPORTEROS DICEN QUE LA MEDIDA CREA ISONOMÍA

Los relatores del asunto en la Cámara y en el Senado -el diputado Augusto Coutinho (Solidariedade-PE) y el senador Otto Alencar (PSD-BA) - afirman que la medida no abre una laguna para la evasión fiscal y que su objetivo era crear igualdad en el sector, ya que no existe tal requisito para las empresas de combustibles fósiles.

Coutinho dijo que había insertado la enmienda en el primer informe y luego la eliminó, luego de las objeciones hechas por técnicos del Ministerio de Economía. “Después, me reinserté porque había otra enmienda plenaria, de varios diputados. Pero, de todos modos, hice que el trato fuera justo. Hay desarmonía en relación con los combustibles. Es una igualdad de trato. Eso es lo que pensé que era justo y correcto ”, dijo el diputado.

Para el senador Otto Alencar, "no hay absolutamente nada" en la enmienda que pueda comprometer la regularidad de las empresas con las autoridades fiscales. "Quienes deberían estar en contra de esto son las distribuidoras que estaban en contra de la aprobación de la medida provisional, que no querían dar el derecho a vender directamente etanol", dijo el senador.

Según la ANP, existen dos resoluciones que exigen prueba de regularidad fiscal a nivel federal, estatal y municipal para que pueda operar un agente. La agencia también manifestó que la Ley no puede definir todos los requisitos para el desarrollo de las actividades. En relación específicamente al texto de la MP 1063, la ANP dijo que "sigue todos y cada uno de los cambios legislativos impulsados ​​por el Congreso".

Aquí está el texto completo de la nota de ANP:

“Las Resoluciones ANP 734/2018 (que regula el sector de producción de biocombustibles) y 852/2021 (que regula el sector de producción de derivados de petróleo y gas natural) requieren prueba de regularidad fiscal a nivel federal, estatal y municipal, al momento de otorgar el autorización para operar nuevas instalaciones de producción o en procesos de transferencia de propiedad.

El propósito de la ANP es promover la regulación, contratación e fiscalización de las actividades económicas que forman parte de la cadena de la industria petrolera. En este sentido, la Ley no define (y no pudo definir) todos los requisitos para el desarrollo de la actividad, los cuales se detallan en las referidas resoluciones, que aún se encuentran vigentes.

[En relación a la industria de combustibles fósiles] Se requiere regularidad fiscal para la actividad de producción de derivados de petróleo y gas natural (es decir, la “industria de combustibles fósiles”), mediante Resolución ANP No. 852/2021, no habiendo disposición expresa en Ley y por determinación reglamentaria. Este requisito incluso se incluyó en resoluciones anteriores (Resoluciones ANP 16/2010 y 17/2010), que en el pasado regulaban la construcción de nuevas refinerías y nuevos centros de procesamiento de gas natural. Este requisito se mantuvo, luego de un detallado análisis regulatorio por parte de la ANP, cuando entró en vigencia la Resolución ANP 852/2021, que modernizó las resoluciones de 2010.

La ANP monitorea todos y cada uno de los cambios legislativos impulsados ​​por el Congreso Nacional, especialmente los que involucran a la industria del petróleo, gas natural y biocombustibles, cumpliendo estrictamente con los requisitos legales y la política energética emitida por la CNPE ”.

Fuente: Poder 360