> Un dictamen arbitral queda ejecutoriado cuando las partes no hubieran interpuesto previamente un recurso de nulidad en el plazo establecido en la Ley N° 708, entonces asume la condición de cosa juzgada.
El ministro Sánchez afirmó que cuentan con el estudio de impacto ambiental y licencia ambiental, avalados por el SERNAP, la ABT y el Ministerio de Medio Ambiente.