Contrario a lo informado por algunos medios de comunicación, no hay ninguna nueva determinación por parte de la Agencia.
La ANP aclara que, contrariamente a lo informado en algunos medios de comunicación, no hay ninguna nueva determinación por parte de la Agencia respecto a la exhibición de los precios de los combustibles por parte de las estaciones de servicio.

La Agencia exige que la estación exhiba, día y noche, un panel con los precios de los combustibles, claramente visible, justo a la entrada del establecimiento. Esta determinación está contenida en la Resolución 948/2023, que regula la autorización para realizar la actividad de reventa minorista de combustibles para automotores.

Esta resolución actualizó la regulación anterior relativa a las estaciones de servicio, la Resolución ANP nº 41/2013, que ya incluía requisitos para la correcta exhibición de precios. En otras palabras, es una regla que tiene más de diez años.

De acuerdo a la normativa de la ANP, el precio del combustible mostrado en el panel debe ser el mismo que el que se cobra en el surtidor. La estación también debe indicar claramente si cobra precios diferentes por pagos en efectivo, con tarjeta o a través de aplicaciones.

Además, es importante resaltar que la ANP no prohíbe precios diferentes en las promociones. Lo que existe es la obligación de que esta información sea claramente visible para el consumidor.

Fuente: Gov.br