Sectores productivos consiguieron que la provisión de combustible para la producción de alimentos se mantenga bajo el Decreto 2243 y no se enmarque en el reciente Decreto 4910, que limita las compras acumuladas a un máximo de 5.000 litros por mes.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos precisó que se actualizará el reglamento del Decreto 2243, que permite la compra y transporte de hasta 1.200 litros de diésel por transacción al sector agropecuario, autorización que no establece un límite mensual a esas compras.​

“El Decreto Supremo 2243 cuenta con su reglamentación específica; sin embargo, la misma es una atribución de la Dirección General de Sustancias Controladas (DGSC), entidad que analizó la situación al respecto y se comprometió realizar la evaluación y actualizar la normativa citada”, informó la entidad reguladora a EL DEBER.

Fuente: El Deber

Lea la noticia