Las distribuidoras de combustibles líquidos cumplieron con el 97% de la meta obligatoria de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en 2021, establecida en el marco del programa RenovaBio.
Según la Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles (ANP), 24.405.193 créditos de descarbonización (CBIO) fueron retirados de circulación por las distribuidoras, lo que corresponde al 96,8% del total de metas individuales asignadas por la ANP, y al 98,2% de las meta global establecida por el Consejo Nacional de Política Energética (CNPE) para el año pasado.

Según la dependencia, del total de 142 distribuidoras de combustibles con metas fijadas para 2021, 102 cumplieron a cabalidad y 16 retiraron CBIO en un monto igual o superior al 85% de la meta, con el fin de ajustarse al estándar que permite acreditar el 15%. restante en el año siguiente. Otros siete distribuidores retiraron CBIO por menos del 85% del objetivo individual y 17 no "retiraron" CBIO. Las metas individuales para 2021 fueron publicadas en orden de la ANP, totalizando 25.222.723 CBIO.

Jubilación

La ANP aclaró que el cumplimiento de las metas ocurre a través del “retiro”, es decir, retirando de circulación los CBIO, en un monto equivalente a la meta individual del distribuidor. Los CBIO también pueden ser adquiridos y retirados por personas físicas o jurídicas, denominadas no obligadas, a diferencia de las obligadas, que son las distribuidoras.

También en 2021, 1.392 CBIO fueron retirados por partes no obligadas. Este monto se reducirá de la meta fijada por la CNPE para 2022, antes del cálculo de las metas definitivas de las distribuidoras para este año, informó la ANP.

La dependencia aclaró que el incumplimiento parcial o total de la meta anual individual acarreará una multa a la distribuidora de combustible, sin perjuicio de las demás sanciones administrativas, pecuniarias y demás sanciones civiles y penales aplicables.

En los términos del reglamento, la multa puede variar entre R$ 100.000 y R$ 50 millones. La ANP explicó que el pago de la multa no exime a la distribuidora de cumplir con su meta anual, y el monto de los CBIO no cumplidos debe sumarse a la meta aplicable a la distribuidora en el año siguiente.

Fuente: TN Petróleo