FUENTE: EL DÍA
Vamos a reiterar, esta Ley no atenta en nada a la propiedad privada”, manifestó el ministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, después de que la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una acción de inconstitucionalidad abstracta contra siete artículos y dos disposiciones transitorias de la Ley 1055 de Creación de Empresas Sociales. Derecho al trabajo.
La autoridad agregó que en algunos casos también existen empresarios irresponsables que abandonan sus emprendimientos y lo que se permite ahora a los trabajadores es constituir sus empresas sociales para salvar su derecho al trabajo.
Además “se ha limitado claramente las causales por las cuales se puede crear una empresa social”, remarcó el ministro, según un reporte de la televisora RTP. Entre tanto, los empresarios, mediante su recurso judicial, buscan la suspensión de la aplicación de la cuestionada norma hasta que se resuelva la acción porque consideran que su vigencia “puede ocasionar daños irreparables” al patrimonio de sus afiliados, sus negocios y la propia economía de las empresas. Observaciones a la ley. Según la CEPB, algunos contenidos de los artículos 2, 4, 5, 6, 7, 9 y 11, además de las disposiciones adicionales tercera y cuarta de la Ley de Empresas Sociales violan derechos humanos y garantías, asimismo, los principios constitucionales, como la igualdad y no discriminación, la protección a la propiedad privada, la libertad de empresa, la libre asociación, circulación, garantía del debido proceso, derecho a la defensa, el principio de impugnación, entre otros.
Aunque la CEPB aclaró que no se opone a la creación de empresas sociales bajo la figura y principios establecidos en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, sin embargo, remarcó, en su nota, que "en la forma como ha sido promulgada la Ley 1055, fomenta la confrontación entre trabajadores y empleadores, deja a las empresas en indefensión frente a toma de unidades productivas, posibilita la confiscación de la propiedad privada y desalienta la inversión y la creación de nuevas empresas". Empresas en la mira.
Los trabajadores fabriles de Bolivia tienen la intención de aplicar ya la Ley 1055 de Empresas Sociales con la apropiación de al menos seis empresas privadas. En la mira están las industrias Punto Blanco, Polar, Cerámica Victoria, Olimpia, Dillman e Incerpaz, informó el secretario de conflictos de la Federación de Fabriles, Emilio Ramos. "Del textil Olimpia los dueños dejaron la empresa, se adeuda a 40 trabajadores el sueldo de cuatro meses y es por eso que decidieron tomar la empresa de forma preventiva", alertó el dirigente.
Vamos a reiterar, esta Ley no atenta en nada a la propiedad privada”, manifestó el ministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, después de que la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una acción de inconstitucionalidad abstracta contra siete artículos y dos disposiciones transitorias de la Ley 1055 de Creación de Empresas Sociales. Derecho al trabajo.
La autoridad agregó que en algunos casos también existen empresarios irresponsables que abandonan sus emprendimientos y lo que se permite ahora a los trabajadores es constituir sus empresas sociales para salvar su derecho al trabajo.
Además “se ha limitado claramente las causales por las cuales se puede crear una empresa social”, remarcó el ministro, según un reporte de la televisora RTP. Entre tanto, los empresarios, mediante su recurso judicial, buscan la suspensión de la aplicación de la cuestionada norma hasta que se resuelva la acción porque consideran que su vigencia “puede ocasionar daños irreparables” al patrimonio de sus afiliados, sus negocios y la propia economía de las empresas. Observaciones a la ley. Según la CEPB, algunos contenidos de los artículos 2, 4, 5, 6, 7, 9 y 11, además de las disposiciones adicionales tercera y cuarta de la Ley de Empresas Sociales violan derechos humanos y garantías, asimismo, los principios constitucionales, como la igualdad y no discriminación, la protección a la propiedad privada, la libertad de empresa, la libre asociación, circulación, garantía del debido proceso, derecho a la defensa, el principio de impugnación, entre otros.
Aunque la CEPB aclaró que no se opone a la creación de empresas sociales bajo la figura y principios establecidos en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado, sin embargo, remarcó, en su nota, que "en la forma como ha sido promulgada la Ley 1055, fomenta la confrontación entre trabajadores y empleadores, deja a las empresas en indefensión frente a toma de unidades productivas, posibilita la confiscación de la propiedad privada y desalienta la inversión y la creación de nuevas empresas". Empresas en la mira.
Los trabajadores fabriles de Bolivia tienen la intención de aplicar ya la Ley 1055 de Empresas Sociales con la apropiación de al menos seis empresas privadas. En la mira están las industrias Punto Blanco, Polar, Cerámica Victoria, Olimpia, Dillman e Incerpaz, informó el secretario de conflictos de la Federación de Fabriles, Emilio Ramos. "Del textil Olimpia los dueños dejaron la empresa, se adeuda a 40 trabajadores el sueldo de cuatro meses y es por eso que decidieron tomar la empresa de forma preventiva", alertó el dirigente.