El hidrógeno es catalogado como el combustible del futuro.
El Gobierno nacional decidió avanzar en el Congreso con un proyecto de ley crucial para el futuro energético del país, presentado por los diputados Lorena Villaverde, rionegrina de La Libertad Avanza, y Martín Maquieyra, pampeano del Pro, para establecer un marco normativo integral para la promoción de inversiones en la incipiente industria del hidrógeno de origen renovable y de bajas emisiones.
La iniciativa que acaba de ser presentada en la Mesa de Entradas de la Cámara baja como Proyecto de Ley 3503-D-2025 declara estas actividades de interés nacional y propone una serie de incentivos clave para posicionar a Argentina como un actor relevante en el mercado global del hidrógeno. Las fuentes consultadas al respecto indicaron que el proyecto “refleja 100% los puntos centrales que promueve el Gobierno y consolida buena parte de los planteos de la industria”.
Esta mirada que se presume amplia al momento de la redacción es lo que permitiría pensar que en el debate parlamentario se pueda avanzar con un consenso importante, sobre todo teniendo en cuenta que muchas inversiones anunciadas en los últimos dos años están a la espera de un marco normativo adecuado para respaldar la seguridad jurídica de una actividad sin precedentes.
El proyecto de ley declara de interés nacional las inversiones destinadas al desarrollo de la tecnología, producción, transporte, almacenamiento, exportación y uso del hidrógeno de origen renovable y de bajas emisiones, así como sus derivados, en todo el territorio nacional.
Entre sus objetivos principales, se busca incentivar las inversiones privadas (nacionales y extranjeras), posicionar a Argentina como exportador global de hidrógeno de origen renovable y de bajas emisiones, y promover la producción, uso y exportación de este recurso y sus derivados. Uno de los pilares de la propuesta es la garantía de estabilidad tributaria por un período de 30 años, contados desde la fecha de sanción de la ley, para los proyectos de inversión vinculados a la cadena de valor del hidrógeno de origen renovable y de bajas emisiones.
Esta medida implica que los proyectos no podrán ser afectados por la derogación de la ley ni por la creación de nuevos tributos o el incremento de los existentes, buscando reducir el riesgo regulatorio y generar un entorno atractivo para las inversiones a largo plazo. Esta protección se extiende incluso a aquellos proyectos que no adhieran al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).
El RIGI y los tiempos del sector
El proyecto modifica y adapta el RIGI, previsto en el Título VII de la Ley N° 27.742, a las particularidades de la industria del hidrógeno. Reconociendo que los proyectos de hidrógeno requieren tiempos de desarrollo más extensos, se proponen dos modificaciones cruciales.
El primero de ellos, la ampliación del plazo de adhesión. El período para solicitar la adhesión al RIGI se extiende a cinco años para los proyectos de hidrógeno, a contar desde la entrada en vigencia de la presente ley, superando los dos años previstos originalmente en el régimen. El Poder Ejecutivo nacional podrá prorrogar este plazo por un año adicional.
El otro punto es la flexibilización del cumplimiento de la inversión mínima. En este aspecto se otorga un plazo de tres años, contados desde la notificación de la aprobación de la solicitud de adhesión y del plan de inversión, para cumplir con el porcentaje mínimo de inversión en activos computables, tanto para proyectos adheridos al régimen general como para aquellos considerados de exportación estratégica de largo plazo. Esto difiere de los plazos más acotados establecidos en la normativa original del RIGI.
Certificaciones de origen del hidrógeno
En otros de los 18 artículos del proyecto, se prevé que la autoridad de aplicación, que será determinada por el Poder Ejecutivo nacional, tendrá funciones y atribuciones fundamentales para el desarrollo de la industria. Entre ellas, se destacan diseñar, desarrollar e implementar un sistema de certificación del hidrógeno de origen renovable y de bajas emisiones, buscando su homologación con la normativa internacional vigente.
Además, se impulsa la potestad de aprobar normas, criterios y estándares de seguridad para la producción, transporte, almacenamiento y uso del hidrógeno; autorizar el desarrollo de actividades de producción, transporte y almacenamiento de hidrógeno; intervenir en la elaboración y actualización de la Estrategia Nacional del Hidrógeno, e impulsar la cooperación internacional y regional, así como establecer mecanismos de articulación y coordinación con organismos estatales, provincias, municipios, el sector productivo, instituciones de ciencia y técnica y universidades.
El proyecto subraya la importancia de contar con un marco normativo sólido que brinde seguridad jurídica y previsibilidad a los inversores, permitiendo a Argentina aprovechar su potencial en la generación de energía eólica y solar, amplios territorios y disponibilidad de agua dulce y salada, especialmente en la región sur del país, para convertirse en un productor competitivo de hidrógeno de bajas emisiones a nivel internacional.
Considerando la fuente de energía y la tecnología empleada para su producción, el hidrógeno puede constituirse en un vector clave para el desarrollo de una industria de bajas emisiones de carbono. En particular, el hidrógeno de origen renovable es uno de los vectores con mayor atención para desarrollar una “economía del hidrógeno” que contribuya a la transición energética.
Precisamente, por estas características, se proyecta que la demanda global de hidrógeno de bajas emisiones experimente un crecimiento sostenido en las próximas décadas. La Agencia Internacional de Energía Renovable (IRENA, por sus siglas en inglés) estima que el hidrógeno y sus derivados podrían satisfacer el 14% del consumo mundial de energía en 2050. Para ello, estima que la producción total de hidrógeno deberá multiplicarse por más de cinco para entonces.
Fuente: Mejor Energía