Autoridades de Energía y Bienes Nacionales celebraron la modificación, que busca evitar que las empresas contratistas y subcontratistas se vean perjudicados por el retraso o no pago de sus servicios.
“Consideramos que esta modificación es una excelente noticia, ya que por años empresas contratistas y subcontratistas de Atacama y de otros puntos del país se han visto perjudicados por el retraso o el no pago de las empresas, lo que ha significado tremendos costos económicos y también emocionales para ellos y sus familias”, comentó la seremi Cecilia Sánchez.

En esa línea, agregó que “ahora estamos contribuyendo a corregir este problema de larga data. Quienes desarrollan proyectos en terrenos fiscales deben estar especialmente comprometidos a cumplir estas reglas, porque el uso de bienes que son de todas y todos debe orientarse por el bien común y a la justicia social”.

Por su parte, la seremi Mónica Marín, destacó que “nos encanta ser parte de la solución y no de un problema; porque cuando se trata de hacer justicia social con las y los trabajadores de Atacama, siempre seremos propositivos”. Con esta modificación, añadió la autoridad, “afirmamos que es posible equilibrar el impulso de la economía con criterios de equidad y un adecuado relacionamiento entre los diversos actores involucrados en la generación de energías limpias, con más garantías y protección para quienes laboran y sus familias”.

Adicionalmente, ambas autoridades coincidieron en que la descarbonización no es solo una oportunidad para construir ciudades más limpias y mejorar la calidad de vida de las personas, sino que también una oportunidad para que la industria energética se fortalezca y continúe creciendo.

Cabe recordar que dicha modificación en las bases de licitaciones, anunciada recientemente, responde a un trabajo conjunto entre los ministerios de Energía y Bienes Nacionales. Lo anterior se traduce en que, a contar de 2022, los postulantes a los procesos licitatorios para proyectos de ERNC deberán acreditar anualmente que tanto ellos como sus contratistas y subcontratistas cumplen con el compromiso de dar “estricto e íntegro cumplimiento” a la normativa contenida en la Ley N° 21.131, de pago a 30 días. Y, asimismo, que en caso de incumplimiento las concesionarias arriesgan multas que llegan hasta las 40 UF.

Fuente: EI