El gobierno publicó en una edición extra del Diario Oficial de la Federación el Decreto 11.075, que regula el mercado de créditos de carbono y metano en el país. El documento establece procedimientos para la elaboración de Planes Sectoriales de Mitigación del Cambio Climático e instituye el Sistema Nacional para la Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (Sinare).
El decreto instituye el Mercado Brasileño de Reducción de Emisiones, a través del cual se ejecutarán planes sectoriales, con uso y transacción de créditos certificados por el Sinare. La plataforma digital administrada por el Ministerio del Medio Ambiente funcionará como un “centro único de registro de emisiones, remociones, reducciones y compensaciones de gases de efecto invernadero y actos de comercio, transferencias, transacciones y retiro de créditos certificados de reducción de emisiones”.

Las reglas para el registro de proyectos, iniciativas y programas para generar crédito certificado para la comercialización o compensación de emisiones de gases de efecto invernadero, la norma de certificación, la acreditación de certificadoras y centros de custodia, la implementación, operación y gestión del Sinare serán reglamentadas en un acto conjunto por los ministros del MMA y de Economía.

Los planes sectoriales pueden ser propuestos por los ministerios de Medio Ambiente, Economía y sectoriales como Minas y Energía. Tendrán objetivos graduales para reducir las emisiones resultantes de la acción humana y las absorciones por sumideros de gases de efecto invernadero. Las propuestas serán aprobadas por el Comité Interministerial de Cambio Climático y Crecimiento Verde, también creado por decreto el año pasado.

Las metas deben ser “medibles y verificables”, considerando las características de cada sector. El objetivo de largo plazo es lograr la neutralidad de emisiones, de acuerdo con el compromiso asumido por Brasil en el Acuerdo de París.

El seguimiento de su cumplimiento se realizará mediante la presentación de un inventario periódico de gases de efecto invernadero por parte de los agentes sectoriales. Los planes podrán definir un tratamiento diferenciado, considerando criterios tales como una categoría específica de empresas y propiedades rurales, ingresos, niveles de emisión, características del sector económico y región donde se ubica la empresa.

Los sectores de infraestructura podrán presentar propuestas para el establecimiento de curvas de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en un plazo de 180 días, prorrogables por igual período, considerando el objetivo de neutralidad climática establecido por el país. La norma se refiere a las actividades de generación y distribución de energía eléctrica; transporte público urbano e interestatal de carga y pasajeros; las industrias de transformación, bienes de consumo duradero, química fina y básica y pulpa y papel; minería, construcción civil; servicios de salud y agricultura.

También puede ser realizado por el Sinare, sin necesidad de generar créditos, el registro de huellas de carbono de productos, procesos y actividades; carbono de vegetación nativa; carbono en el suelo; unidad de carbono azul y reservas de carbono.

Fuente: Agência CanalEnergia