(vehículos pesados), L-7 (vehículos ligeros) y MAR I (maquinaria agrícola y vial) del Programa de Control de Emisiones de Vehículos (Proconve) y M-5 del Programa de Control de Contaminación Atmosférica por Motocicletas, Ciclomotores y Similares (Promot). La nueva resolución modificará la Resolución ANP No. 764/2018.
Proconve y Promot, creado por el Consejo Nacional del Ambiente (Conama), establecen metas progresivas para mejorar la calidad del aire, negociadas entre agencias ambientales, productores de combustibles y la industria automotriz y de maquinaria. En cada etapa de estos programas se establecen límites máximos de emisión vehicular a cumplir en la homologación de vehículos de motor nuevos.
La propuesta de resolución aprobada ayer prevé cambios en las especificaciones, especialmente en los límites aplicados a los combustibles de referencia (gasolina E22 y gasóleo B7), destacando la reducción del contenido de azufre de la gasolina E22 de los actuales 50 mg / kg a 10 mg. /kg. Los otros cambios no traen cambios significativos a las especificaciones actuales de estos combustibles.
En su mayoría, se refieren a expansiones en los límites de los parámetros, con el fin de facilitar su cumplimiento por parte de los agentes económicos involucrados, además de flexibilizar algunas normas vigentes, sin, sin embargo, comprometer la calidad de los productos para la finalidad a la que se destinan. . Una de las flexibilidades es la posibilidad de utilizar gasoil europeo B7 (con un contenido de biodiesel del 7%) ante la escasez de oferta de este producto en el mercado brasileño. En cuanto a la fase MAR I, el proyecto de resolución adopta el gasóleo de referencia B7 ya utilizado en la fase P8. Este cambio permitirá el uso de gasoil S10 (10 mg de azufre por kg de gasoil), que incorpora biodiesel, en el contenido que contiene, en la homologación de maquinaria agrícola y vial.
En cumplimiento del Decreto No. 10.139 / 2019, el nuevo reglamento incorporará la especificación de aceite diesel de referencia B0, es decir, sin biodiesel, establecida en la Resolución ANP No. 40/2008, con el propósito de homologar motores para cumplir con las Fases L6 (en el caso de vehículos diesel ligeros) y P7 de Proncove. También incluirá la especificación del gasóleo de referencia para la Fase MAR I, también de Proconve, en cuanto a las homologaciones de nuevos motores de maquinaria agrícola e industrial, previstas en la Resolución ANP N ° 71/2011.
La Junta Directiva de la ANP también aprobó la renuncia a realizar una Evaluación de Impacto Normativo (AIR) sobre la propuesta de resolución, con base en el punto II del art. 4 del Decreto N ° 10.411 / 2020 (disciplina derechos u obligaciones definidos en un estándar jerárquicamente superior que no permite técnica o legalmente distintas alternativas regulatorias), en cumplimiento de la Ley N ° 8.723 / 1993, que prevé la reducción de emisiones contaminantes por vehículos vehículos automóviles, en particular a su arte. 7, que establece un plazo de 36 meses para la adopción de medidas con miras a la disponibilidad de gasolinas de referencia con bajo contenido en azufre para atender la fase L8 del Proconve, que se iniciará el 01/01/2025, y en el ítem III para Se trata de un acto normativo considerado de bajo impacto.
Fuente: TN Petróleo