La Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) accedió a dar autorizaciones a empresas y cooperativas mineras para que realicen trabajos de explotación en diferentes áreas protegidas del país, violando la Constitución Política del Estado (CPE) con relación a la protección del medio ambiente, según denuncias presentadas ayer ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Una de las denuncias observa la inconstitucionalidad del artículo 220 de la Ley Minera y otra de artículos del reglamento de esa norma y resoluciones dictadas por la AJAM, explicó la senadora de Comunidad Ciudadana (CC) Silvia Salame.

“En realidad hemos presentado dos recursos de inconstitucionalidad contra disposiciones del ámbito minero no solamente contra la Ley Minera, sino también contra resoluciones de la AJAM y el propio reglamento de la AJAM”, indicó.

El artículo 220 de la Ley Minera señala que “los actores productivos mineros podrán realizar actividades mineras en áreas protegidas y forestales previo cumplimiento de la norma ambiental y conexa específica, y cuando dichas actividades no afecten el cumplimiento de los objetivos de la protección del área”.

Fuente: Los Tiempos

Lea la noticia
a