El miércoles 18 de agosto emitió el DS 4570 que rige para los sectores público y privado. El Ministerio de Trabajo tiene hasta 30 días para presentar el reglamento.
El Gobierno emitió el Decreto Supremo (DS) 4570, que autoriza a los empleadores, públicos o privados, a disponer el retorno a la forma presencial de trabajo, salvo que el contrato hubiera migrado a la modalidad de teletrabajo de forma permanente o la autoridad competente hubiera dictaminado que no existen condiciones para hacerlo.

El DS, que está disponible en el sitio web de la faceta oficial de Bolivia, norma la aplicación de "las condiciones especiales de trabajo en las relaciones laborales y la prestación de servicios de los sectores público y privado durante la pandemia de la Covid-19".

En el artículo 10 dispone que trabajadores de los sectores público y privado, servidores públicos, personal eventual y consultores en línea “deberán volver a prestar sus servicios de forma presencial a pedido del empleador”, excepto en dos casos.

Fuente: Página Siete

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